Indecopi sanciona al BCP por préstamo Yape de S/4.400 no reconocido y 13 operaciones cuestionadas

Entidad ordenó anular la deuda, corregir el historial crediticio del cliente y devolver montos observados.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó al Banco de Crédito del Perú (BCP) por atribuir de manera indebida a un cliente un préstamo Yape por S/4.400 que no habría sido solicitado ni autorizado por el usuario. Además, determinó responsabilidad por permitir 13 operaciones no reconocidas en la cuenta bancaria del afectado.

De acuerdo con la resolución emitida por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N.° 2, el caso se originó luego de que el cliente denunciara que el 17 de enero de 2026 apareció registrado un crédito Yape en su cuenta de ahorros pese a que, según afirmó, nunca lo solicitó.

Tras el desembolso del préstamo, se ejecutaron 13 movimientos entre pagos mediante Yape, transferencias por Plin y retiros de efectivo por un monto total de S/4.427. El usuario sostuvo que tampoco reconocía dichas operaciones.

Indecopi detectó fallas en autenticación y monitoreo

Según la evaluación realizada por la autoridad de consumo, el cliente había sufrido previamente el robo de su tarjeta de débito y de su documento de identidad. Indecopi concluyó que la entidad financiera no acreditó una adecuada autenticación de la identidad del usuario que realizó las operaciones cuestionadas.

Asimismo, señaló que el banco no cumplió con su deber de monitorear y detectar movimientos inusuales que pudieran evidenciar un posible fraude.

Durante el procedimiento, el BCP reconoció parcialmente los hechos cuestionados relacionados con el crédito Yape y las operaciones observadas, según consta en la resolución administrativa.

Ordenan eliminar deuda y corregir reporte crediticio

Como medida correctiva, Indecopi dispuso que el banco anule el préstamo Yape de S/4.400 y cualquier obligación generada por dicha operación. Además, deberá gestionar ante la Central de Riesgos de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) las rectificaciones correspondientes para evitar afectaciones en el historial crediticio del usuario.

La resolución también ordena devolver S/27 más los intereses correspondientes, monto que representa la diferencia entre el crédito desembolsado y las operaciones registradas en la cuenta.

Indecopi precisó que la decisión aún puede ser apelada por la entidad financiera dentro de los plazos establecidos por la normativa vigente.

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