- La Cámara de Comercio de Lima respalda el objetivo de ampliar las oportunidades laborales juveniles, pero sostiene que la creación de empleo debe impulsarse con incentivos y mejores condiciones para contratar, no mediante obligaciones a las empresas.
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) expresó su posición en contra del Proyecto de Ley N.° 433-2026-2031-CD, presentado por el diputado Gabriel Robertino Gonzales Delgado, que busca promover oportunidades laborales para jóvenes mediante límites a la experiencia exigida y una proporción obligatoria vinculada a postulantes de hasta 29 años.
La CCL comparte plenamente el objetivo de facilitar el acceso de los jóvenes a su primer empleo formal. Sin embargo, considera que este propósito debe alcanzarse mediante incentivos, capacitación y mejores condiciones para la creación de empleo, y no imponiendo a los empleadores cómo definir los perfiles, experiencia o condiciones requeridas para cubrir sus puestos de trabajo.
El proyecto establece como base de experiencia laboral un año para postulantes técnicos y profesionales de hasta 29 años y dispone que esta condición se considere obligatoriamente en una proporción no menor del 7 % de la totalidad del personal. Para la CCL, esta fórmula es imprecisa y podría terminar funcionando como una cuota de contratación, trasladando a las empresas una obligación de política pública que corresponde principalmente al Estado.
La Cámara de Comercio de Lima recuerda que la libertad de empresa comprende la capacidad de organizar internamente una compañía y determinar cuántas personas contratar, qué perfiles necesita y qué experiencia requiere cada puesto, de acuerdo con la naturaleza de su actividad y sus necesidades reales.
Más costos
Además, la CCL advierte que la medida no crea nuevos puestos de trabajo y podría generar mayores costos e incertidumbre regulatoria, especialmente para las micro y pequeñas empresas. En actividades especializadas o de riesgo, limitar la experiencia exigible también podría impedir que las empresas establezcan perfiles acordes con las responsabilidades técnicas y de seguridad de cada puesto.
Asimismo, el proyecto introduce una diferenciación por edad, pues para un mismo puesto el requisito de experiencia podría variar dependiendo de si el postulante tiene hasta 29 años o supera dicha edad, situación que debe analizarse cuidadosamente frente al principio de igualdad de oportunidades.
Otro aspecto observado es el reconocimiento obligatorio de las actividades ad honorem como experiencia laboral. Para la CCL, ello podría normalizar el trabajo no remunerado como mecanismo de ingreso al mercado laboral y generar contingencias para las empresas. Estas experiencias pueden ser valoradas por los empleadores cuando resulten pertinentes, pero no deberían equipararse automáticamente por ley a una relación laboral formal.
Incentivar la formalidad
La CCL sostiene que la promoción del empleo juvenil debe orientarse hacia incentivos a la contratación formal, modalidades formativas, capacitación y reducción de las barreras que dificultan la creación de nuevos puestos de trabajo. Asimismo, considera conveniente que el Congreso evalúe integralmente las distintas iniciativas existentes sobre empleo juvenil, bajo un enfoque de incentivos antes que de nuevas obligaciones.
Por estas razones, la Cámara de Comercio de Lima expresa su posición en contra del Proyecto de Ley N.° 433-2026-2031-CD y considera que corresponde su archivo. Para la CCL, promover el empleo juvenil es una prioridad, pero debe hacerse generando condiciones para que las empresas contraten más trabajadores formalmente y no restringiendo su capacidad para definir los perfiles que necesitan.