Los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones pueden acceder a ambas prestaciones si cumplen los requisitos establecidos. Sin embargo, los montos se unifican en un solo depósito y no pueden superar los S/ 1.000 mensuales.
La Oficina de Normalización Previsional (ONP) informó que los pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) pueden acceder simultáneamente a una pensión de jubilación y una de viudez, siempre que cumplan las condiciones correspondientes. No obstante, la suma de ambas prestaciones está sujeta al límite máximo mensual de S/ 1.000 establecido para este régimen.
La disposición se aplica tanto a las personas que ya reciben una pensión de jubilación o invalidez y pierden a su cónyuge o conviviente, como a quienes perciben una pensión de viudez y posteriormente solicitan una jubilación propia como afiliados titulares.
De acuerdo con el artículo 58 del Reglamento Unificado de las Normas Legales que Regulan el Sistema Nacional de Pensiones, aprobado mediante el Decreto Supremo N.º 354-2020-EF, ambas prestaciones se unifican cuando corresponde su percepción conjunta. De esta manera, el beneficiario recibe el monto reconocido en un solo depósito, sin que la suma exceda el tope establecido por el sistema.
¿Quiénes pueden acceder a ambas pensiones?
La ONP contempla dos situaciones principales para solicitar estas prestaciones.
La primera corresponde a quienes reciben una pensión de jubilación o invalidez y, tras el fallecimiento de su cónyuge o conviviente, cumplen los requisitos para acceder a una pensión de viudez.
La segunda comprende a las personas que ya reciben una pensión de viudez y desean solicitar una pensión propia de jubilación. En este caso, deben acreditar al menos 120 Unidades de Aporte, equivalentes a diez años de aportaciones, además de cumplir las condiciones aplicables a su solicitud.
El reconocimiento de la pensión de viudez también está sujeto a los requisitos legales correspondientes y a la acreditación del vínculo con la persona fallecida.
¿Cuál es el monto máximo que paga la ONP?
El monto máximo mensual de la pensión del Sistema Nacional de Pensiones asciende a S/ 1.000, de acuerdo con el Decreto Supremo N.º 330-2025-EF, que estableció este límite a partir de 2026.
Por ello, cuando una persona tiene derecho a recibir una pensión de jubilación y otra de viudez dentro del SNP, ambas se consideran de manera conjunta para aplicar el límite máximo. Esto significa que no corresponde sumar automáticamente los montos completos de las dos prestaciones si el resultado supera el tope permitido.
El monto que finalmente recibirá cada beneficiario dependerá de las pensiones reconocidas y de la evaluación de su caso por parte de la ONP.
¿Cómo solicitar las pensiones?
Los trámites pueden realizarse de manera virtual o presencial.
Por videollamada
Las personas que soliciten una pensión de jubilación deben ingresar a la plataforma oficial ONP Virtual, seleccionar el perfil «Estoy aportando» y elegir la opción correspondiente para iniciar la solicitud con un especialista.
Para solicitar una pensión de viudez, deben ingresar a la misma plataforma, seleccionar el perfil «Soy familiar» y escoger el tipo de prestación que desean tramitar.
La atención por videollamada se brinda de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.
De manera presencial
También es posible presentar la solicitud en los Centros de Atención de la ONP a nivel nacional, donde los usuarios pueden recibir orientación de un asesor previsional.
Para resolver consultas, la entidad cuenta con la central telefónica ONP Te escucha, en el número (01) 634 2222, opción 1. La institución recuerda que los trámites son gratuitos y que no es necesario recurrir a intermediarios.
Recomendaciones para los afiliados
Antes de iniciar el trámite, es recomendable revisar el historial de aportaciones, verificar que la información personal esté actualizada y reunir los documentos necesarios para acreditar el vínculo familiar y los requisitos previsionales.
La evaluación individual permitirá determinar si corresponde reconocer ambas prestaciones y cuál será el monto que se abonará, de acuerdo con las reglas vigentes del Sistema Nacional de Pensiones.