Protección Presidencial

Por Antero Flores-Araoz

Quien ejerce la Presidencia de la República, a tenor del artículo 110 de la Constitución es el Jefe de Estado y personifica a la Nación y tiene la más alta jerarquía al servicio de la Nación (artículo 39).
Debido a la altísima jerarquía de diversos funcionarios del Estado, gozan de cierta inmunidad, a fin de que no se entorpezca el ejercicio de sus funciones, por ello sabiamente nuestra Constitución en su artículo 99 dispone que corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso al Presidente de la República, a los parlamentarios, a los ministros de Estado, a los magistrados del Tribunal Constitucional, a los miembros de la Junta Nacional de Justicia, a los jueces y fiscales supremos, al Defensor del Pueblo, y al Contralor General de la República. El Pleno habilita al Ministerio Público y al Poder Judicial, de ser el caso, para el correspondiente procesamiento al denunciado.
Tratándose del Presidente de la República, la protección, debido a su máxima jerarquía institucional, es bastante mayor, no se le puede expulsar del cargo así nomás. Puede declararse por el Congreso la vacancia al cargo en los casos de muerte, permanente incapacidad física, renuncia a a la Presidencia entre otras causales, que son absolutamente comprensibles.
Sin embargo en adición a las causales de vacancia anteriormente aludidas, solo puede ser vacado el Presidente de la República por su permanente incapacidad moral declarada por el Congreso (concepto sumamente amplio) y destitución  tras haber sido sancionado durante su período por traición a la patria, por impedir elecciones, por disolver  ilegalmente el Congreso y por impedir su reunión o funcionamiento o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del Sistema Electoral (artículos 114 y 117 de la Constitución).
El que actualmente ejerce la Presidencia de la República, lo es no por elección, sino por sucesión constitucional, ya que al ser vacada de tal cargo la señora Dina Boluarte a don José Jerí Oré le correspondía asumir el cargo ya que era el presidente en aquel entonces de nuestro Congreso.  Recordemos además que la señora Boluarte asumió la Presidencia siendo vice presidenta de la República tras la vacancia, ampliamente justificada, del en ése entonces presidente Pedro Castillo Terrones.
Hemos tenido en los últimos años una sucesión presidencial de un promedio de un presidente por año, algo que no es ningún privilegio ni tampoco para enorgullecernos, sino avergonzarnos frente al mundo por tanta vacancia por perpetración de delito e incapacidad moral del primer mandatario de la Nación.
Ahora que estamos a menos de tres meses de las elecciones generales y a escaso un semestre de la asunción a la Presidencia de la República de un nuevo gobernante, se escuchan propuestas para la vacancia presidencial del presidente Jerí.
¿Cuál es la motivación? Se fue encapuchado a un chifa  a reunirse con un empresario de origen chino, reunión que habría tenido antecedentes con la misma persona en otras oportunidades. Indiscutiblemente error mayúsculo y no por la comida oriental que es sabrosísima, sino el pretender pasar inadvertido lo que ha generado sospechas de inconducta. José Jerí ha pedido disculpas públicas a todo el pueblo peruano, actitud que no es frecuente en un primer mandatario, y que por lo menos hay que señalarlo.
¿Vale la pena a tan poco período de tiempo para las elecciones y cambio de gobierno central, estar iniciando un proceso de vacancia presidencial? pensamos como muchos otros ciudadanos que ello no es conveniente, máxime que el actual gobernante y su gabinete están preparando los decretos legislativos para ejercer la delegación de facultades conferidas por el Congreso, afrontar la ola de violencia que azota al país para que además no perturbe el proceso electoral y, la necesidad imperativa de reducir la absurda tramitología que ahoga a quienes quisiesen hacer inversiones generadoras de empleo y mejora en las condiciones de vida.
Tampoco creemos pertinente en estar haciendo declarar al presidente de la República sobre lo acontecido en sede parlamentaria, bastaría señalar día y hora y apersonarse en Palacio de Gobierno a tomarle sus declaraciones sobre los acontecimientos controvertidos.  Tenemos antecedentes en el ejercicio parlamentario 2004-2005, en que la Comisión Investigadora Parlamentaria sobre firmas falsas del Partido Perú Posible de Alejandro Toledo Manrique, que encabezó Edgar Villanueva con Xavier Barrón Cebreros, concurrió a Palacio de Gobierno a tomarle declaraciones, y como no quería hacerlo, la Comisión llevó a un fedatario, juramentado por el Presidente del  Congreso con dicho objetivo, para que diese fe de las declaraciones y/o comportamiento de Toledo. Algo así podría hacerse ahora, sin usar tiempo valioso para la conducción del país.

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