Advierten riesgo de desabastecimiento, pérdida de competitividad y afectación directa a miles de empleos formales.
Los trabajadores de la industria nacional del acero solicitaron públicamente al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) que archive de manera definitiva la denuncia por presuntas prácticas de dumping en las importaciones de alambrón de origen chino, al considerar que carece de sustento técnico y pone en riesgo el empleo formal y la sostenibilidad de la cadena productiva nacional.
Un proceso cuestionado desde su origen y sin pruebas de dumping
La solicitud se produce ante la inminente emisión de la opinión de la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias del INDECOPI, en el marco del procedimiento iniciado el 23 de enero de 2025. Según señalaron los trabajadores, el proceso se ha basado desde su inicio en supuestos técnicos que han sido cuestionados y desvirtuados a lo largo del expediente, generando incertidumbre en el mercado y riesgo de desabastecimiento.
El procedimiento, iniciado en enero de 2025 se sustentó originalmente en una comparación de precios entre exportaciones de China hacia Ecuador y China hacia el Perú. Sin embargo, los trabajadores recuerdan que Ecuador nunca debió ser considerado como país de referencia, debido a las distorsiones existentes en su mercado del acero, situación que fue advertida por las partes involucradas y posteriormente reconocida por la propia empresa solicitante.
Pese a ello, en junio de 2025 el Indecopi impuso derechos antidumping provisionales por US$ 64.6 por tonelada, apenas dos días antes de la audiencia de informe oral. Según los trabajadores, esta decisión impidió que la Comisión valore adecuadamente los argumentos técnicos que se presentarían y generó una señal de incertidumbre en toda la cadena productiva.
Durante el procedimiento, la empresa denunciante intentó modificar su metodología solicitando la reconstrucción del precio interno del alambrón en China. No obstante, las empresas transformadoras del insumo han presentado información objetiva de fuentes internacionales como S&P Global Commodity Insights (Platts), así como datos de acerías chinas incluidas en el expediente, que demostrarían que los precios internos en China son iguales o superiores a los precios de exportación al Perú, descartando la existencia de dumping.
Riesgo de desabastecimiento y golpe directo al empleo y a la industria nacional
Los trabajadores también advirtieron que no se han considerado adecuadamente las diferencias estructurales en los procesos de producción del acero. Mientras que en China más del 90 % del acero se produce en hornos BF-BOF, en el Perú se utiliza mayoritariamente el proceso EAF basado en chatarra, lo que genera estructuras de costos distintas que no pueden compararse de manera directa.
Asimismo, señalaron que la empresa denunciante no cuenta con la capacidad ni con todas las variedades de alambrón —especialmente de alto contenido de carbono— necesarias para abastecer a la industria local, por lo que una eventual imposición de derechos definitivos podría generar desabastecimiento, pérdida de competitividad y riesgo para miles de empleos formales.
A ello se suma —indicaron— una conducta contradictoria del solicitante, que mientras pide protección comercial ha incrementado significativamente sus propias importaciones de productos derivados del alambrón en los últimos años.
“De acogerse la denuncia, la industria nacional de productos derivados del alambrón quedaría obligada a depender de un competidor directo como proveedor de su principal insumo, perdiendo competitividad frente a productos importados que no enfrentarían las mismas barreras”, señalaron los representantes de los trabajadores.
Por todo ello, y estando próximos a que se cumpla un año desde el inicio del procedimiento, los trabajadores exhortaron al Indecopi a evaluar de manera integral, objetiva y técnica toda la evidencia del expediente y a no validar una denuncia que, aseguran, no demuestra la existencia de dumping ni daño a la empresa solicitante.
Finalmente, pidieron que cualquier eventual ampliación del plazo del procedimiento sea debidamente informada y no se utilice para subsanar deficiencias estructurales de la solicitud inicial, reiterando su confianza en que el Indecopi adoptará una decisión conforme al debido proceso, la libre competencia y la protección del empleo formal en el país.