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ONPE da luz verde a recolección de firmas para revocatoria de Rafael López Aliaga

El proceso de revocatoria del alcalde de Lima avanza con la validación del kit electoral por parte de la ONPE. Ahora, se necesitan más de 1.9 millones de firmas para proceder con la consulta popular.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha validado el kit electoral solicitado por el ciudadano Ciro Silva Paredes, marcando el inicio oficial del proceso de recolección de firmas para promover la revocatoria del alcalde de Lima, Rafael López Aliaga.

Silva Paredes recogió presencialmente el kit de revocatoria, que ha sido asignado con el código RV14010001, dando así el primer paso en este proceso que busca destituir al actual alcalde de la capital peruana.

Los motivos detrás de la revocatoria

Entre las razones principales que impulsan esta revocatoria se encuentran el incumplimiento de la promesa de campaña «Lima Potencia Mundial» y el endeudamiento proyectado para la ciudad, una deuda que se pagaría en 18 años.

Además, López Aliaga enfrenta acusaciones de abuso de autoridad, como la acumulación de basura en la capital, despidos arbitrarios de cientos de trabajadores municipales, y la supuesta sobrevaloración de motocicletas en más de S/5 mil, lo que habría causado una pérdida de S/18 millones.

Cronograma del proceso de revocatoria

De acuerdo con la resolución 0120-2024-JNE publicada en el Diario Oficial El Peruano, la consulta de revocatoria está programada para el 8 de junio de 2025. El cronograma estipula que la compra del kit electoral puede realizarse desde el 3 de junio hasta el 26 de septiembre de 2024, seguido por la recolección de firmas.

Los promotores deberán enviar la solicitud de verificación de firmas al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) el 11 de octubre de 2024. La fecha límite para presentar solicitudes de revocatoria es el 21 de noviembre de 2024, y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) tendrá hasta el 21 de diciembre de 2024 para resolver dichas solicitudes.

El padrón inicial de electores se publicará entre el 5 y el 9 de febrero de 2025, y será aprobado definitivamente por el Reniec el 21 de marzo de 2025. El sorteo de los miembros de mesa se realizará el 30 de marzo de 2025 y la consulta popular de revocatoria se llevará a cabo el 8 de junio de 2025.

Condiciones para la revocatoria

Es importante señalar que la revocatoria solo puede proceder una vez durante el mandato de las autoridades y no implica nuevas elecciones. Los revocados serán reemplazados, en el caso del alcalde, por el primer regidor en funciones, y en el caso de los regidores, por el accesitario correspondiente de su lista.

Para que una autoridad sea revocada, se requiere la mitad más uno de los votos válidos, y debe haber participado al menos el 50% de los electores hábiles del padrón electoral.

Este proceso de revocatoria se presenta como una oportunidad para que los ciudadanos de Lima expresen su descontento y decidan el futuro de su gobierno local.

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