JNJ revoca destitución de fiscal por demora en caso Cuellos Blancos y le impone cuatro meses de suspensión

El organismo consideró que el retraso de más de dos años en la presentación de la acusación constituyó una falta, pero evaluó que la destitución era desproporcionada debido a la complejidad del expediente y las condiciones de trabajo del despacho.

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) revocó la sanción de destitución impuesta a un fiscal por la demora en la emisión de un requerimiento acusatorio relacionado con el caso Cuellos Blancos del Puerto. En su lugar, dispuso una suspensión de cuatro meses sin goce de haber, tras evaluar el recurso de reconsideración presentado por el magistrado.

La decisión fue adoptada por mayoría, luego de revisar la resolución mediante la cual se había dispuesto inicialmente su destitución. La reconsideración fue declarada fundada en parte únicamente respecto a la graduación de la sanción. La JNJ mantuvo la responsabilidad disciplinaria y rechazó el pedido de absolución y archivo definitivo.

La acusación llegó más de dos años después

El procedimiento disciplinario estuvo relacionado con la actuación del fiscal en la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, despacho que tenía a su cargo una carpeta fiscal vinculada al caso Cuellos Blancos del Puerto.

Según los antecedentes evaluados, la investigación preparatoria concluyó el 31 de mayo de 2022, mientras que la acusación fiscal ingresó ante la sede judicial el 18 de septiembre de 2024. Este retraso superó el plazo previsto en el artículo 344 del Código Procesal Penal.

La Junta consideró que la presentación tardía del requerimiento no eliminaba la infracción, pues el incumplimiento del plazo ya se había producido. Por ello, descartó que la subsanación posterior pudiera eximir al fiscal de responsabilidad disciplinaria.

La complejidad del expediente fue considerada para reducir la sanción

Al revisar la proporcionalidad de la medida, se tomaron en cuenta las dimensiones del expediente, que comprendía 406 tomos y 77.527 folios. Para elaborar la acusación se debía examinar más de 21.000 folios de documentación, 493 audios y 148 declaraciones testimoniales, además de formular 2.288 ofrecimientos probatorios.

También se evaluaron las condiciones operativas del despacho: la carga procesal aumentó de 92 a 126 carpetas, el fiscal no tenía dedicación exclusiva a esa investigación y se registraron dificultades relacionadas con licencias médicas, renuncias de personal y traslados de sede.

Estos factores no justificaban el incumplimiento del deber de diligencia, pero sí debían considerarse al determinar la gravedad concreta de la conducta. Asimismo, se concluyó que no se había acreditado un abandono deliberado de la investigación ni una actuación orientada a favorecer indebidamente a alguna de las partes, sino una conducta culposa.

JNJ considera excesiva la destitución

Al aplicar el principio de proporcionalidad, la Junta determinó que la separación definitiva de la carrera fiscal era una medida excesiva frente al grado de culpabilidad acreditado.

Por ese motivo, resolvió sustituir la destitución por cuatro meses de suspensión sin goce de haber. La decisión no implica una absolución: el fiscal mantiene responsabilidad disciplinaria por la demora en la tramitación del requerimiento relacionado con el caso Cuellos Blancos.

La resolución reabre el debate sobre los criterios para evaluar la diligencia de los fiscales en investigaciones complejas, especialmente cuando existen grandes volúmenes de información y limitaciones operativas en los despachos.

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