El máximo intérprete de la Constitución dictó que las municipalidades de Lima no tienen potestad para ordenar internamientos vehiculares: esa función corresponde al MTC.
El Tribunal Constitucional ha puesto un alto a las prácticas abusivas de varias municipalidades de Lima Metropolitana, que durante años impusieron multas y enviaron vehículos al depósito por infracciones de tránsito. El TC fue contundente: los municipios no tienen esa facultad. La única autoridad competente para sancionar y disponer el traslado de vehículos es el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
La medida pone en evidencia un esquema ilegal de recaudación que muchas comunas han sostenido mediante ordenanzas inconstitucionales, aprobadas al margen del Reglamento Nacional de Tránsito (RNT). Según este reglamento, en vigencia desde 2009, solo el MTC tiene competencia para fiscalizar, sancionar y aplicar medidas correctivas como la remoción de vehículos.
En su fallo, el TC declaró inconstitucionales las ordenanzas municipales que autorizaban el uso de grúas y el internamiento de autos en depósitos por parte de los municipios. Además, advirtió que estas prácticas podrían configurar el delito de abuso de autoridad por parte de alcaldes y funcionarios de tránsito.
Hoy, muchos ciudadanos enfrentan cobros de hasta S/ 1,070 por infracciones mal sustentadas, además de gastos diarios de S/ 60 por depósito vehicular. Todo ello, cuando el mismo RNT estipula que estacionar en zonas prohibidas es una falta grave, con una multa de solo S/ 428, pérdida de 25 puntos en el récord y remoción del vehículo… pero no su internamiento.
Este fallo del TC marca un precedente clave contra el atropello sistemático de derechos por parte de autoridades municipales que, bajo la excusa de ordenar el tránsito, han golpeado injustamente el bolsillo de los limeños.