La Sunat oficializó el cronograma de vencimientos para la presentación y pago de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta (IR) y del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF, antes ITAN) correspondientes al ejercicio 2025, con plazos diferenciados según el tipo de contribuyente y el último dígito del RUC.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) publicó el cronograma oficial para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2025, que deberán cumplir personas naturales, micro y pequeñas empresas (MYPE) y empresas en general, con fechas que se desarrollarán entre marzo y junio de 2026 dependiendo del grupo al que pertenecen y del último dígito de su RUC. La norma que aprueba estas fechas fue formalizada mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000386-2025/SUNAT.
Cronograma principal según tipo de contribuyente
Empresas no comprendidas en la Ley N.° 31940
Estos contribuyentes —que no pertenecen al régimen MYPE o personas naturales sin negocio— contarán con un cronograma inicial para declarar entre marzo y abril de 2026:
| Último dígito del RUC | Fecha de vencimiento |
|---|---|
| 0 | 26 de marzo de 2026 |
| 1 | 27 de marzo de 2026 |
| 2 | 30 de marzo de 2026 |
| 3 | 31 de marzo de 2026 |
| 4 | 1 de abril de 2026 |
| 5 | 6 de abril de 2026 |
| 6 | 7 de abril de 2026 |
| 7 | 8 de abril de 2026 |
| 8 | 9 de abril de 2026 |
| 9 | 10 de abril de 2026 |
| Buenos contribuyentes / sin RUC | 13 de abril de 2026 |
📌 Personas naturales, MYPE y otros contribuyentes en el ámbito de la Ley N.° 31940
Este grupo incluye personas naturales con o sin negocio y micro y pequeñas empresas del Régimen General o Régimen MYPE Tributario. Sus fechas se ubican entre mayo y junio de 2026:
| Último dígito del RUC | Fecha de vencimiento |
|---|---|
| 0 | 27 de mayo de 2026 |
| 1 | 28 de mayo de 2026 |
| 2 | 29 de mayo de 2026 |
| 3 | 1 de junio de 2026 |
| 4 | 2 de junio de 2026 |
| 5 | 3 de junio de 2026 |
| 6 | 4 de junio de 2026 |
| 7 | 5 de junio de 2026 |
| 8 | 8 de junio de 2026 |
| 9 | 9 de junio de 2026 |
| Buenos contribuyentes / sin RUC | 10 de junio de 2026 |
📄 Disponibilidad de formularios virtuales
La Sunat informó también las fechas en que estarán habilitados los formularios electrónicos:
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Formulario Virtual N.º 710 (Renta Anual — Simplificado y Completo — Tercera Categoría e ITF): disponible desde el 2 de enero de 2026 en Sunat Virtual.
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Formulario Virtual N.º 709 (Renta Anual — Persona Natural): disponible desde el 31 de marzo de 2026 tanto en Sunat Virtual como en el aplicativo Personas SUNAT.
La información personalizada de cada contribuyente empezará a estar disponible desde el 16 de febrero de 2026 para empresas y desde el 31 de marzo de 2026 para personas naturales sin negocio.
Quiénes están obligados a declarar
La obligación de presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2025 corresponde a:
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Personas naturales que hayan obtenido rentas de diferentes fuentes (4ta y 5ta categoría, rentas de alquiler, rentas de fuente extranjera, etc.) y que cumplan con los requisitos según la ley.
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Empresas y personas jurídicas que hayan generado rentas o pérdidas de tercera categoría en el ejercicio fiscal 2025.
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Contribuyentes que generaron y utilizaron medios de pago o estuvieron sujetos al ITF durante el año.
Sunat recuerda que el incumplimiento de estas obligaciones puede generar sanciones tributarias, intereses y restricciones en trámites administrativos.