Cabe tener presente que el feriado es una figura diferente a la de los días no laborables.
Este año, los feriados de Semana Santa serán el jueves 17 y viernes 18 de abril, una pausa tradicional en el calendario laboral peruano. Pero, más allá de los días de descanso, estas fechas también traen preguntas frecuentes entre empleadores y trabajadores: ¿qué sucede si se trabaja durante un feriado? ¿corresponde un pago extra? ¿qué pasa con los días no laborables adicionales dispuestos por el Gobierno?
Para empezar, hay que tener claro que, en Perú, los feriados nacionales son días en los que los trabajadores tiene derecho a un descanso remunerado. “Sin embargo, si el trabajador presta servicios en algún feriado, tiene derecho a las siguientes compensaciones: i) descanso sustitutorio por feriado no gozado; o, ii) una compensación económica equivalente a la remuneración por el día laborado, con una sobretasa del 100%”, explica Jaime Zegarra, consultor del área laboral de Dentons en el Perú.
Si lo llevamos a un ejemplo práctico, una persona que gana S/1,800 mensuales tiene un ingreso diario aproximado de S/60. Si trabaja durante un feriado, sin descanso sustitutorio, recibirá ese día S/120 adicionales, los mismos que están conformados por: S/60 por el trabajo realizado en el feriado y S/60 adicionales por la sobretasa del 100%.
Cabe tener presente que el feriado es una figura diferente a la de los días no laborables. En efecto, los días no laborales son de obligatorio cumplimiento solo para el sector público y tratándose del sector privado, no generan compensación en caso no puedan ser gozados. En este sentido, recordemos que hace unas semanas, el Ejecutivo oficializó que el viernes 2 de mayo y el viernes 26 de diciembre serán nuevos días no laborables para el sector público, ampliando así los fines de semana largos con fines turísticos.
“Las empresas deben estar bien informadas y ser transparentes con sus equipos. Gestionar adecuadamente los feriados y días no laborables, ya que esto permite mejorar el clima laboral dentro de la organización”, añade Zegarra.
Conforme se acercan estas fechas clave, se recomienda a las organizaciones revisar sus políticas internas y comunicarlas de forma clara a sus colaboradores. “Entender la diferencia entre descanso obligatorio, pago compensatorio y recuperación de horas puede evitar malentendidos y, sobre todo, contingencias legales”, concluye el consultor de Dentons Perú.