Por Antero Flores-Araoz
Las elecciones generales, así como las elecciones regionales y municipales, todas ellas han coincidido en el presente año.
Las elecciones generales, comprenden la plancha presidencial, así como los integrantes del Parlamento bicameral que había sido proscrito desde el famoso 5 de abril de 1992, y los representantes peruanos al Parlamento Andino, cuya existencia bien valdría la pena reevaluar. Todas estas elecciones se realizan en simultáneo cada cinco años.
Las elecciones regionales y municipales, también se llevan a cabo en simultáneo, pero cada cuatro años y no cinco como las anteriores, por lo que en ciertos años ambos procesos electorales coinciden.
Si damos una visión retrospectiva de los procesos electorales de este año 2026, nuestra valoración sería negativa. Por ejemplo, se consideraron los grupos 900, que solo eran para las elecciones de centros poblados menores, pero se usaron para todo tipo de poblaciones, como las nacionales, regionales, provinciales y distritales.
Por otro lado, la demora en dar resultados ha generado gran impaciencia, sobre todo cuando se compara con la entrega de resultados electorales en otros países.
También la dispersión de la normatividad electoral genera dudas a los operadores de ella y a los propios ciudadanos, cuando bien podríamos tener un solo Código Electoral que abarque las disposiciones sustantivas como también la de los procedimientos electorales, lo cual sin dudas mejorarían las cosas y no tendríamos dudas sobre si el candidato presidencial también podría serlo en simultáneo al Congreso o inmediatamente después a alguna alcaldía o regiduría.
En cuanto al Sistema Electoral la Constitución que nos rige, que es la de 1993, bastante coincidente con la anterior de 1979 en la materia electoral, determina que aquel “tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa”.
También la Constitución dispone que “El sistema electoral está conformado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).
Es de competencia del JNE, entre varias otras, fiscalizar el ejercicio del sufragio, administrar justicia en materia electoral, proclamar a los candidatos electos y ejercer el derecho de iniciativa en la formación de las leyes de materia electoral.
El JNE está compuesto por cinco miembros, uno de los cuales es elegido en votación secreta por la Corte Suprema, entre sus magistrados jubilados o en actividad, y si es en actividad se le concede licencia en el Poder Judicial.
El representante de la Corte Suprema preside el JNE.
El último magistrado judicial que presidió el JNE como magistrado cesante, con eficiencia y gran probidad fue Domingo García Rada, quien sufrió gravísimo atentado criminal que tiempo después le hizo perder la vida.
También hemos tenido magistrados supremos en funciones que, bajo licencia de Poder Judicial, ejercieron la presidencia del JNE, con notoria, notable y exitosa gestión como fueron por su orden de antigüedad Manuel Sánchez-Palacios, Enrique Mendoza Ramírez, Hugo Sivina Hurtado y Francisco Távara Córdova. Los que regresaron al Poder Judicial, siguieron su exitosa gestión en la Corte Suprema de la República.
A otros jueces supremos no les fue tan bien en su actuación en el JNE, y como decían las personas ya curtidas por los años, pasaron como por agua de malvas y regresaron a la judicatura bastante golpeados y con el prestigio mellado y, si bien mantuvieron la autoridad formal, su prestancia e influencia funcional venida a menos.
Por ello sería conveniente, en lugar de desmantelar a la Suprema Corte, que su representante ante el JNE solo sea elegido entre jueces supremos jubilados y sin el límite etario de 70 años, pues hoy por hoy personas con muchísimos más años están absolutamente lúcidas y lo hemos visto por ejemplo en el Tribunal Constitucional, en que personas con más años que los señalados han hecho excelente labor.
Como ya no hay a la vista otro proceso electoral cercano, sería conveniente que el JNE se aboque en preparar iniciativa legislativa a presentarse al Poder Legislativo, para contar próximamente con un buen Código Electoral.