La justicia ordenó al Ministerio Público respetar el derecho de defensa del alcalde de Lima en la investigación por lavado de activos.
Decisión judicial parcial
La Tercera Sala Penal de Apelaciones declaró fundado en parte el pedido de tutela de derechos de Rafael López Aliaga. El recurso buscaba frenar la facultad del Ministerio Público para exigir información bancaria, tributaria y otros datos personales con fines de investigación.
Alcances de la medida
El tribunal, presidido por el juez Víctor Enríquez Sumerinde, resolvió que la Fiscalía sí puede requerir información bancaria y tributaria al propio investigado, ya que las entidades financieras tienen plazos limitados para conservar documentación. Sin embargo, prohibió que se le exija entregar información notarial, registral y migratoria, pues esas son fuentes oficiales a las que la Fiscalía puede acceder directamente.
Respeto al derecho de defensa
La Sala sostuvo que, si bien el Ministerio Público dirige las investigaciones y puede recabar información de diferentes fuentes, este poder no es absoluto. Toda indagación debe realizarse respetando el derecho de defensa y el principio de no autoincriminación del imputado.
Investigación en curso
El alcalde de Lima es investigado por el Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional por presunto lavado de activos en agravio del Estado. La resolución marca un precedente sobre los límites de la Fiscalía en casos de alta sensibilidad política.