PNP reconoce fallo del TC, pero alerta sobre riesgos de seguridad por adolescentes implicados en delitos graves

El comandante general de la Policía Nacional del Perú (PNP), general Óscar Arriola, se pronunció este domingo tras la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de declarar inconstitucional la Ley N° 32330, norma que habilitaba que adolescentes de 16 y 17 años fueran juzgados como adultos cuando cometían delitos graves. Aunque afirmó que la institución acatará el fallo, Arriola advirtió que existen menores que representan “un riesgo real” para la sociedad, especialmente en casos de violencia extrema y criminalidad organizada.

El TC resolvió que la edad mínima de imputabilidad penal es de 18 años, por lo que los adolescentes que cometan un delito deben ser juzgados y sancionados dentro del sistema de responsabilidad penal juvenil, diseñado para promover medidas socioeducativas y de reinserción social más acordes con su edad. La sentencia también ordenó que los adolescentes de 16 y 17 años que actualmente se encuentran recluidos en penales bajo el régimen del INPE sean trasladados de inmediato a centros juveniles especializados.

Posición de la Policía Nacional:

En conferencia de prensa tras conocerse el fallo, el general Arriola expresó que la PNP respetará y acatará plenamente la decisión del TC, al ser el máximo intérprete de la Constitución y órgano encargado de garantizar los derechos fundamentales. No obstante, señaló que, desde la perspectiva policial, la anulación de la ley puede representar dificultades operativas y judiciales en casos donde están involucrados menores en delitos complejos como sicariato, homicidio o extorsión.

“Respetamos la decisión, pero no podemos dejar de advertir que existen menores —incluso de 13, 14 o 15 años— involucrados en hechos que representan un riesgo real para la sociedad”, declaró Arriola, subrayando que la incidencia de adolescentes en actos violentos obliga a pensar en respuestas integrales de seguridad ciudadana.

Contexto y debate social

 

La Ley 32330, aprobada en 2025, había generado un intenso debate público desde su promulgación, pues buscaba permitir que adolescentes responsables de delitos graves pudieran ser procesados penalmente como adultos, con el argumento de que ciertas conductas delictivas requerían un marco jurídico más estricto para garantizar justicia efectiva. Sin embargo, la Defensoría del Pueblo, el Poder Judicial y el Ministerio Público presentaron demandas de inconstitucionalidad argumentando que esta ley contravenía estándares internacionales de derechos humanos y la protección especial que la Constitución brinda a menores de edad.

 

Agrupaciones de derechos humanos y organismos especializados habían manifestado que la incorporación de adolescentes al sistema penal ordinario vulnera tratados internacionales suscritos por el Perú, como la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que respaldan un enfoque diferenciado para menores.

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