El Poder Judicial confirmó que el presidente interino José Jerí está obligado a cumplir el tratamiento psicológico ordenado por un caso judicial de medidas de protección, rechazando los argumentos de su defensa sobre inmunidad parlamentaria.
El Poder Judicial del Perú reiteró que el presidente interino José Jerí debe cumplir con una terapia psicológica por patología psicosexual y control de impulsos, medida impuesta en enero de 2025 en el marco de un proceso judicial que también incluye medidas de protección, informó el órgano jurisdiccional.
La jueza Sonia Tello, del Juzgado Civil de Canta, resolvió que la nulidad de la notificación de la orden no elimina las medidas de protección ni la obligación de someterse al tratamiento psicológico, como establece la Resolución N.º 1 de fecha 15 de enero de 2025.
El Poder Judicial rechazó que la inmunidad parlamentaria de Jerí pueda aplicarse para eludir el cumplimiento de estas medidas, señalando que esa protección solo se limita a delitos de función y no a procesos tutelares relacionados con violencia o protección de derechos fundamentales.
La decisión incluye terapias enfocadas en el manejo de agresividad, control de impulsos, ira y patología psicosexual. La jueza también aclaró que Jerí puede interponer los recursos que considere pertinentes dentro de la normativa procesal, aunque ello no suspende la ejecución de la orden judicial.
El secretario judicial había señalado previamente que la notificación de las medidas se había intentado vía mensajería, pero la jueza determinó que la documentación era insuficiente, por lo que la nulidad de ese acto no cambia la exigencia de cumplimiento.
La resolución establece que Jerí debe cumplir con la terapia psicológica en un plazo de 15 días, y hasta ahora no existe evidencia pública de que haya iniciado el tratamiento.