Hasta 9 años de cárcel por activar o comercializar SIM cards de forma fraudulenta.
El Congreso aprobó y el Ejecutivo promulgó la Ley N.º 32451, que modifica la Ley de Delitos Informáticos y el Código Penal para frenar el auge de fraudes digitales y la venta ilegal de líneas móviles.
La norma establece sanciones más severas:
- 4 a 8 años de prisión para quienes activen de manera ilegal una SIM card o línea móvil usando datos falsos o sin consentimiento del titular.
- 5 a 9 años de cárcel para quienes vendan o distribuyan SIM cards activadas ilícitamente.
- 1 a 4 años de prisión y multas para la comercialización ambulatoria o en la vía pública de servicios móviles sin autorización.
El objetivo es cortar el circuito ilegal que facilita delitos como la suplantación de identidad, extorsiones y estafas digitales.
Además, la ley refuerza el rol de OSIPTEL, que ahora deberá exigir a las operadoras identificar al personal responsable de la activación y contratación de servicios móviles. Esa información quedará a disposición de la Policía Nacional, el Ministerio Público y otras autoridades, fortaleciendo la trazabilidad de las líneas telefónicas.
El Ejecutivo tiene 60 días para dictar las disposiciones adicionales que aseguren la aplicación de estas modificaciones.