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Ministerio de Cultura publica proyecto del Reglamento de Uso Turístico Sostenible para la Conservación de la Ciudad Inka de Machupicchu

El Ministerio de Cultura, mediante R.M. N.º 000159-2024-MC firmada por la ministra Leslie Urteaga Peña, dispuso la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el “Reglamento de Uso Turístico Sostenible para la Conservación de la Ciudad Inka de Machupicchu”, en el portal institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/institucion/cultura/normas-legales/5435413-159-2024-mc).

Allí se establece un plazo de quince días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, para que las personas interesadas puedan remitir los comentarios, observaciones y/o sugerencias a este reglamento.

Los comentarios, observaciones y/o sugerencias pueden ser presentados a través del correo reglamentomachupicchu@cultura.gob.pe.

Los documentos se pueden encontrar en el siguiente link: https://www.gob.pe/institucion/cultura/normas-legales/5435413-159-2024-mc

Asimismo, en la presente resolución se encarga a la Dirección General de Patrimonio Cultural, la recepción, el procesamiento, la evaluación e inclusión, de ser el caso, de los comentarios, observaciones y/o sugerencias que se reciban sobre el reglamento propuesto.

Reglamento

El presente reglamento tiene por objeto regular el uso turístico sostenible de la Ciudad Inka de Machupicchu para asegurar su conservación y protección, en beneficio de la presente y futuras generaciones.

En este documento se precisa que el Ministerio de Cultura es responsable de la conservación, mantenimiento y administración de la Ciudad Inka de Machupicchu con el objetivo de preservar el patrimonio cultural y transmitir a las futuras generaciones los valores universales excepcionales (VUE) con los que fue incorporado en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO.

También se indica que los circuitos de visita turística en la Ciudad Inka de Machupicchu deben ser seguidos y respetados por los guías de turismo y visitantes.

Asimismo, se indica que por resolución ministerial estos circuitos pueden ser modificados de acuerdo con las necesidades de conservación y recuperación de la ciudad inka de Machupicchu. La implementación de los circuitos está a cargo de la jefatura del Parque Arqueológico Nacional de Machupicchu (PANM).

Los circuitos son: Circuito 1 o Circuito Panorámico que comprende las siguientes rutas: Ruta 1-A (Ruta Montaña Machupicchu) y Ruta 1-B (Ruta terraza superior).

Además, durante el periodo de temporada alta se habilitan las siguientes rutas: Ruta 1-C (Ruta hacia Portada Inti Punku) y Ruta 1-D (Ruta hacia Puente Inca).

Por su parte el Circuito 2 o Circuito Clásico comprende las siguientes rutas: Ruta 2-A (Ruta diseñada) y Ruta 2-B (Ruta terraza inferior).

De otro lado, el Circuito 3 o Circuito de la Realeza comprende las siguientes rutas: Ruta 3-A: Ruta Montaña Waynapicchu y Ruta 3-B: Ruta diseñada

Además, durante el periodo de temporada alta se habilitan las siguientes rutas: Ruta 3-B: Ruta Gran Caverna y Ruta 3-C: Ruta Huchuypicchu.

Boleto de Ingreso

El boleto de ingreso a la ciudad Inka de Machupicchu puede ser reservado y/o adquirido a través de la página web determinada por el Ministerio de Cultura. La DDC- Cusco pone a disposición de los visitantes los equipos y/o medios electrónicos o digitales para la adquisición de los boletos de ingreso de forma personal, conforme con las disposiciones establecidas por el Ministerio de Cultura.

Asimismo, se indica que el boleto de ingreso es válido solo para la fecha y hora que fue adquirido. No está permitido el cambio de fecha ni de nombre del titular del boleto de ingreso. Excepcionalmente, se permite solo el cambio del número de pasaporte y del

documento nacional de identidad de la misma persona.

También se señala que el Ministerio de Cultura no dará reembolsos o devoluciones salvo situaciones de caso fortuito o fuerza mayor que impidan la llegada e ingreso de los visitantes a la Ciudad Inka de Machupicchu. En estos casos, también se puede permitir la reprogramación de la fecha y hora de la visita.

El presente reglamento consta de 26 artículos y disposiciones complementarias finales que estará publicado en el portal web del Ministerio de Cultura.

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