Si los procesados no llegan al menos a 5 años de pena privativa de la libertad, apenas son sancionados y pueden evitar la prisión.
En medio de una crisis de inseguridad, sectores como el ministro del Interior e incluso el presidente del Consejo de Ministros, han criticado la labor del Ministerio Público y del Poder Judicial por la liberación de criminales. Uno de los factores que podría explicar estas medidas sería una decisión tomada por la presidenta Dina Boluarte en noviembre del año 2023: la publicación del Decreto Legislativo 1585.
El documento que fue publicado el 22 de noviembre del año pasado, señala una serie de medidas adoptadas por la gestión de Dina Boluarte para el “deshacinamiento de los establecimientos penitenciarios”, es decir, para reducir la población carcelaria que actualmente excede a las capacidades de la infraestructura actual.
La medida aumentó la cantidad de años necesarios para que el Poder Judicial dicte una sentencia de prisión efectiva, que pasó de ser al menos cuatro años a cinco años. Dependiendo de cada caso, las personas que sean juzgadas o incluso que ya hayan sido condenadas, pueden acogerse a este decreto de forma retroactiva para cambiar sus sentencias de prisión por otras de servicio a la comunidad.
Más de 10 mil acusados de minería ilegal podrían ser beneficiados por las disposiciones del Decreto Legislativo 1585 promulgado por Dina Boluarte. Ya que, con la legislación actual, este delito puede tener penas mínimas de 3 años y máximas de hasta 12, por lo que, si los procesados no llegan al menos a 5 años de pena privativa de la libertad, apenas son sancionados y pueden evitar la prisión.
Entre 2019 y marzo de 2024, el Ministerio Público recibió 10 mil 510 denuncias por minería ilegal, con 4.487 de estas solo en la Amazonía. Sin embargo, solo 57 casos de minería ilegal agravada fueron resueltos en los últimos seis años.
El mencionado decreto legislativo permite que tanto procesados como condenados a prisión efectiva por más de una década puedan cambiar su pena por la vigilancia electrónica. El documento indica, por ejemplo, que un juez puede cambiar una pena de cárcel si esta no es mayor de 10 años, o en caso de que sea no menor de 10 ni mayor a 12 años.
En ese caso, además de la vigilancia electrónica, también se impone un periodo de prestación de servicios a la comunidad. Esto también incluye a quienes actualmente se encuentran recluidos en un penal.