Las deudas pueden desaparecer: prescriben a los 10 años según el Código Civil peruano, pero el proceso no es automático

Aunque la ley permite que las deudas se extingan tras una década, los acreedores deben iniciar un proceso judicial o declarativo para que se reconozca la prescripción: no basta con esperar.

De acuerdo con el Código Civil peruano, las deudas prescriben a los 10 años, lo que significa que el acreedor pierde el derecho a reclamar su cobro. Sin embargo, este beneficio legal no se aplica de forma automática, advierten especialistas legales.

La prescripción es un mecanismo contemplado por la ley, pero para que surta efecto debe ser alegado por el deudor en un proceso judicial o declarativo. Si el deudor simplemente no paga, pero no plantea la prescripción, el acreedor podría seguir demandándolo si el plazo no ha sido interrumpido por una gestión formal.

Esto implica que muchas personas no están conscientes de este derecho, y por ello podrían seguir recibiendo reclamaciones por deudas que ya habrían prescrito. Expertos señalan la importancia de asesorarse con un abogado para presentar la excepción de prescripción cuando corresponda.

Además, se debe tener en cuenta que no todas las deudas prescriben en el mismo plazo: algunos montos pueden tener plazos distintos según su naturaleza (por ejemplo, deudas de arrendamiento, préstamos bancarios, intereses moratorios, entre otros), y podría haber interrupciones si existe reconocimiento de deuda, pagos parciales o demandas previas.

Para solicitar la prescripción, el deudor debe presentar ante el juez un escrito en el cual pida que se declare que la deuda ha prescrito, aportando argumentos sobre la antigüedad de la obligación y la ausencia de acciones interruptivas entre las partes. Si el juez acepta, la deuda quedará extinguida y el acreedor no podrá exigir pago alguno.

Especialistas legales recomiendan que los consumidores lleven un registro de sus deudas, plazos y cualquier comunicación de acreedores, para defenderse correctamente ante un reclamo judicial. En trabajos pro bono y asesorías gratuitas, varias ONG y colegios de abogados están dispuestos a orientar a personas con obligaciones antiguas que podrían estar prescritas.

La reflexión final es clara: tener una deuda antigua no significa necesariamente que el acreedor pierde su derecho si no se hace el proceso, por lo que estar bien informado y actuar a tiempo puede marcar la diferencia.

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