El pleno evaluará si el magistrado alcanza los cinco votos necesarios para ser ratificado tras un proceso suspendido por más de dos años.
El informe oral y la votación
El pleno de la Junta Nacional de Justicia evaluará este viernes veintiocho de noviembre la ratificación de Pablo Sánchez como fiscal supremo titular. A las diez de la mañana el magistrado presentará su informe oral ante los consejeros y luego se iniciará la sesión en la que se definirá si logra los votos necesarios para mantenerse en la Fiscalía de la Nación. El reglamento del procedimiento de evaluación integral y ratificación exige dos tercios del número legal de consejeros, es decir cinco votos a favor. Si no alcanza dicha cifra se emitirá una resolución de no ratificación y perderá el cargo.
Un proceso reactivado tras años de espera
Sánchez debió pasar por la ratificación en el año dos mil veintidós junto a otros magistrados supremos. Sin embargo la anterior JNJ decidió suspender su evaluación porque tenía un proceso disciplinario con propuesta de destitución por presuntamente favorecer la contratación de su hijo en el Jurado Nacional de Elecciones entre dos mil quince y dos mil dieciséis. El caso fue archivado en dos mil veintitrés al declararse prescrito. La anterior JNJ no reanudó el proceso debido a su carga institucional y a los cuestionamientos políticos. La nueva conformación encabezada por Gino Ríos Patio anunció en octubre que retomaría la evaluación.
La cercanía del retiro obligatorio
Sánchez Velarde está próximo a jubilarse. En junio de dos mil veintiséis cumplirá setenta años, edad límite para permanecer en la magistratura. Ese mismo día será cesado y la Fiscalía deberá notificar a la JNJ para convocar al concurso público para cubrir la plaza.
Las controversias disciplinares
El magistrado ha sido objeto de campañas de desinformación desde sectores políticos y mediáticos que lo acusan de supuestas conexiones indebidas, sin que estas afirmaciones hayan prosperado a nivel penal o disciplinario. Sí cuenta con una sanción de ciento veinte días impuesta por la anterior JNJ por presuntamente haber recibido tres pagos estatales simultáneos como fiscal supremo, docente y miembro del directorio de la Academia de la Magistratura. El debate se centró en definir si las dietas recibidas como integrante del Consejo Directivo constituían una remuneración. La Ley veintiocho mil ciento setenta y cinco permite percibir una remuneración adicional por función docente y dietas en directorios, y el Decreto Legislativo doscientos setenta y seis precisa que las dietas no tienen naturaleza remunerativa. Hasta junio de dos mil veintiuno el Ministerio de Economía y Finanzas financiaba dichos pagos y una resolución directoral modificó la interpretación normativa, por lo que el magistrado dejó de percibirlos.