El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 investiga al presidente José Jerí por declaraciones que habrían favorecido a Somos Perú en plena campaña hacia las elecciones 2026.
Inicio del proceso
El JEE Lima Centro 1 abrió un procedimiento para determinar si el presidente José Jerí infringió la neutralidad electoral al emitir declaraciones que podrían haber beneficiado a Somos Perú durante una entrevista televisiva en noviembre. La fiscalización, remitida al jurado, indica que el mandatario participó en el programa “El valor de la verdad” en su calidad de presidente, lo que refuerza la obligación de mantener imparcialidad.
Afiliación partidaria y posibles beneficios
La coordinadora de fiscalización, Wendolyne Zapata, verificó registros oficiales que confirman que José Jerí sigue afiliado a Somos Perú y ha ocupado diversos cargos dentro de la organización. Esto refuerza la hipótesis de un beneficio electoral indirecto. El caso fue elevado al pleno del JEE Lima Centro 1, que decidirá si corresponde iniciar un procedimiento sancionador por vulnerar las normas de conducta de autoridades en periodo electoral.
Declaraciones de Jerí bajo análisis
Según el informe, Jerí calificó a Somos Perú como su “único amor político” y resaltó su papel en la gobernabilidad, lo que podría incidir en la intención de voto. La normativa revisada incluye la Ley Orgánica de Elecciones, el Reglamento de Propaganda Electoral y la Ley del Código de Ética de la Función Pública, todos ellos prohibiendo que autoridades utilicen su investidura para favorecer partidos durante un proceso electoral.
Posible infracción y consecuencias
El JEE podría iniciar un procedimiento administrativo sustentado en el artículo 32.1.2 del Reglamento de Propaganda Electoral, que establece que constituye infracción “practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinada organización política o candidato”. También se toma en cuenta el artículo 33, que define las condiciones para configurar la infracción; en este caso, se aplicaría el literal b): cuando una autoridad invoca su condición para influir en la intención de voto fuera de una actividad oficial.
En términos de consecuencias, el presidente no enfrenta sanción penal ni destitución inmediata. Sin embargo, el JEE puede emitir una declaración formal de infracción, advertencia pública o remitir antecedentes a otras entidades de control, como el Congreso. La LOE exige imparcialidad absoluta a las autoridades, y una infracción confirmada podría afectar la legitimidad del Ejecutivo en plena campaña hacia las elecciones 2026.
Impacto político
La reiteración de su identidad partidaria y la visibilidad de sus declaraciones en televisión nacional podrían interpretarse como un intento de posicionamiento político que vulnera la neutralidad electoral, generando repercusiones tanto para la imagen de Jerí como para la percepción de transparencia en el proceso electoral.