El Indecopi dejó sin efecto la ordenanza de la Municipalidad de Carabayllo que imponía horarios para vender alcohol, al determinar que el distrito no tenía competencia legal para regular este tipo de actividades comerciales.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), a través de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, declaró ilegal y carente de sustento normativo la Ordenanza N.° 193-A-MDC de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, que imponía horarios específicos para la venta de bebidas alcohólicas en bodegas, bares, discotecas y otros establecimientos comerciales del distrito.
La entidad determinó que la municipalidad excedió sus competencias, pues la Ley Orgánica de Municipalidades establece que la facultad de regular horarios comerciales —incluyendo los de expendio de alcohol— corresponde a las municipalidades provinciales, no a los gobiernos locales distritales. Al imponer nuevos horarios y condiciones adicionales, la comuna vulneró el principio de legalidad.
Con esta decisión, Indecopi dejó sin efecto el artículo 5 de la ordenanza, eliminando las restricciones horarias que afectaban a miles de negocios formales dedicados a la venta de bebidas alcohólicas. No obstante, la municipalidad de Carabayllo mantiene la potestad de fiscalizar el cumplimiento de las normas provinciales y nacionales vigentes, así como velar por el orden y la seguridad en su jurisdicción, siempre dentro de los límites establecidos por ley.
Esta resolución se suma a otros casos recientes en los que Indecopi declaró ilegales barreras burocráticas similares impuestas por diversos municipios, reafirmando la importancia de que las autoridades locales actúen dentro de sus competencias y eviten afectar la actividad económica y la libre iniciativa privada.