Por Antero Flores-Araoz
Para la buena gobernanza de cualquier país civilizado y democrático, con sistema presidencialista y que tenga un Parlamento, para ser candidato a alto cargo y para ejercerlo, se requieren determinados requisitos que por lo general están señalados en la Constitución del respectivo Estado. También para ejercer carteras ministeriales, se necesita tanto para la designación del titular como para su actuación, cumplir con los respectivos requisitos legales.
En nuestro querido pero complicadísimo Perú, para ser presidente de la República o vicepresidente, tienes que ser peruano por nacimiento, tener más de treinta y cinco años de edad al momento de la postulación y gozar del derecho de sufragio (artículo 110 de la Constitución).
Para ser parlamentario o congresista de la República se requiere ser peruano de nacimiento, haber cumplido veinticinco años y gozar del derecho de sufragio (artículo 90 de la Constitución). En el próximo Parlamento que será bicameral, los diputados tendrán que tener no menos de 25 años de edad y los senadores no menos de 45, salvo caso de reelección parlamentaria en estos últimos.
En lo que se refiere a los ministros, que son los que acompañan a la Presidencia de la República en la acción gubernamental, requieren ser peruanos de nacimiento, ciudadanos en ejercicio y haber cumplido 25 años de edad (Artículo 124 constitucional).
Tiene lógica preguntarse si para dichos cargos son suficientes los requisitos legales establecidos y anteriormente relatados. La respuesta evidentemente es que no, puesto que muy probablemente cualquier delincuente podría ser muy ducho para sus fechorías, aunque para cumplir altos encargos de Estado, no lo sea, pese a cumplir con los requisitos formales.
Es axiomático que existen otros requisitos y calificaciones que si bien no están en normas legales, son consustanciales para ejercer altísimas responsabilidades públicas, como por ejemplo el patriotismo la vocación de servicio, la decencia de bien, la honorabilidad, honestidad y honradez, pero también el conocimiento.
De poco le sirve al país que quienes van a ejercer altos cargos públicos, de origen electoral o por designación, cumplan con los requisitos legales, si es que no tienen conocimiento debido para cumplir con el cargo. Pueden ser los más honrados del universo, casi ángeles celestiales, pero si es que no tienen los conocimientos deseados para el cargo, ni deberían postular al mismo ni menos aceptar los que son por designación, puesto que ello no es ni decente ni honesto.
Los granujas y amigos de lo ajeno, tampoco deberían acceder a las altas responsabilidades estatales, como tampoco a las medianas ni pequeñas, simplemente porque le harán daño a la Nación y sería un pésimo ejemplo para las futuras generaciones.
Tratándose de cargos electivos, no los eligen los integrantes del “coro celestial”, sino los sufragantes que son seres humanos y que tienen la obligación moral de elegir bien, para lo cual hay que conocer la hoja de vida y los antecedentes de quienes son los candidatos y agrupaciones políticas de su preferencia.
Ejercer el derecho de sufragio a ciegas es altamente irresponsable. Verificar los requisitos formales lo hace la autoridad electoral, pero los otros, que no están establecidos en norma legal, a los que antes nos hemos referido, los tiene que hacer el ciudadano en forma seria como prolija. Si elegimos mal, no solo nos perjudicamos, sino reventamos a todo el Perú. Ejemplos los tenemos de sobra.