Aunque la expectativa del público y de autoridades policiales ha sido que Erick Moreno, alias “El Monstruo”, reciba cadena perpetua por sus crímenes, expertos legales señalan que esa pena no podrá aplicarse debido a restricciones derivadas del tratado de extradición con Paraguay y la legislación de ese país.
Tras la extradición desde Paraguay a Perú de Erick Luis Moreno Hernández, conocido como “El Monstruo”, las autoridades judiciales peruanas retomarán los procesos penales en su contra por crímenes como secuestro, homicidio, extorsión y crimen organizado. Sin embargo, a pesar de la gravedad de los delitos que se le imputan, no podrá ser condenado a cadena perpetua, como algunos han sugerido.
La razón fundamental está en el principio de reciprocidad aplicable a la extradición internacional: cuando un país entrega a un extraditado para que sea juzgado en otro, la justicia receptora (en este caso la peruana) se compromete a no imponer una pena más severa que la máxima permitida en el país que concede la extradición (Paraguay).
Un especialista en derecho penal explicó que si Paraguay no contempla la cadena perpetua en su legislación penal —lo cual es así— entonces la justicia peruana tampoco puede imponerla a Moreno, pese a que el Código Penal peruano sí contempla esta pena para ciertos delitos graves.
Además, este mismo principio limita qué cargos se pueden juzgar sin un nuevo permiso: solo aquellos por los cuales se solicitó la extradición. Si se quisiera incluir otros delitos adicionales, se tendría que pedir autorización nuevamente a Paraguay, lo cual implica un nuevo trámite ante la Corte Suprema de ese país.
Esto significa que “El Monstruo” será juzgado en el Perú dentro de los marcos de penas que respeten ese límite internacional, aunque podría enfrentar largas penas de prisión, incluso de varios decenios, dependiendo de cómo el Ministerio Público y los jueces califiquen y acumulen los delitos.