Empresas ya pueden depositar la CTS de noviembre: trabajadores tienen hasta el 15 para recibir su pago

El Ministerio de Trabajo recordó que el depósito de la CTS del periodo mayo–octubre vence en los primeros quince días de noviembre y es obligatorio para todas las empresas del sector privado.

Las empresas privadas ya pueden realizar el depósito correspondiente a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) del periodo mayo–octubre 2025. Según el Ministerio de Trabajo, el plazo vence el 15 de noviembre y su cumplimiento es obligatorio, bajo responsabilidad administrativa y financiera para los empleadores. Esta medida busca asegurar que los trabajadores cuenten con un fondo de respaldo ante el cese laboral.

El sector recordó que la CTS es un derecho para los trabajadores que cumplan con una jornada promedio mínima de cuatro horas diarias. También aplica para empleados que perciban más del 30% de sus ingresos por pagos directos del público, siempre que cumplan las condiciones legales. Están incluidos obreros y empleados del régimen privado, excepto los sectores con sistemas compensatorios propios, como construcción civil o pesca.

Depósito y cálculo del beneficio

El monto de la CTS se calcula dividiendo la remuneración computable, que incluye sueldo básico y beneficios regulares, entre 12 y multiplicando por los meses trabajados en el semestre, sumando la fracción proporcional por días. Para trabajadores con ingresos variables, se toma el promedio de los pagos del periodo. El depósito debe realizarse en la entidad financiera designada por el empleado, y si este no la comunica a tiempo, el empleador podrá abrir una cuenta a su nombre en una institución autorizada.

Entrega y verificación

Tras efectuar el depósito, el empleador debe entregar al trabajador una liquidación detallada dentro de los cinco días hábiles siguientes, especificando el periodo cubierto, la remuneración computable y la constancia del banco. Si el depósito se realiza fuera de plazo, el empleador deberá pagar los intereses generados y podría ser sancionado por la autoridad laboral.

Retiro y casos especiales

Por norma general, la CTS solo puede retirarse tras el fin del vínculo laboral, aunque la ley vigente autoriza el retiro del 100% del fondo acumulado. El monto es intangible e inembargable, salvo en casos de deudas alimentarias, donde se puede retener hasta el 50%. En caso de fallecimiento del trabajador, el banco entregará la mitad al cónyuge o conviviente y el resto quedará en custodia hasta la presentación de la declaratoria de herederos.

El Ministerio de Trabajo exhortó a las empresas a cumplir con los plazos establecidos para garantizar el derecho de los trabajadores y evitar sanciones.

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