De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones, hay varios grupos de personas que no pueden ser designados como miembros de mesa para los comicios del domingo 12 de abril de 2026, ya sea por su rol en el proceso electoral o por vínculos políticos o familiares.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) realizará el sorteo nacional de miembros de mesa el 29 de enero, y conforme a la normativa vigente, existen restricciones claras sobre quiénes no pueden ser convocados para ejercer esta función cívica esencial.
Entre los ciudadanos excluidos por ley figuran:
-
Candidatos y personeros de organizaciones políticas, para evitar conflictos de interés.
-
Funcionarios y trabajadores de los organismos que integran el sistema electoral: Jurado Nacional de Elecciones (JNE), ONPE y Reniec.
-
Miembros del Ministerio Público que, durante la jornada electoral, estén realizando funciones vinculadas a la prevención o investigación de delitos electorales.
-
Funcionarios de la Defensoría del Pueblo cuyas labores involucren supervisión del proceso.
-
Autoridades políticas y representantes elegidos por voto popular, para asegurar neutralidad.
-
Integrantes de comités directivos de partidos políticos inscritos ante el JNE.
-
Cónyuges y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad entre personas designadas para la misma mesa o de candidatos en la misma jurisdicción.
-
Electores que estén temporalmente fuera del país, según los registros remitidos por Reniec.
-
Miembros en actividad de la Policía Nacional del Perú (PNP) y de las Fuerzas Armadas del Perú que participen en labores relacionadas con el proceso.
-
Integrantes del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
Estas exclusiones buscan garantizar imparcialidad y evitar conflictos de interés en la organización y desarrollo de la jornada electoral, así como asegurar que el personal que supervisa y vigila la votación esté enfocado en funciones de fiscalización y no en la administración directa de las mesas.