- El incumplimiento de una orden no necesariamente conlleva al delito de desobediencia a la autoridad, sin embargo, nada evita que cualquier decisión que tome la empresa, posterior al cierre, desencadene en acciones penales.
- Toda persona o empresa puede ser denunciada por cualquier delito. No existe un requisito previo que impida la interposición de un delito.
Diversas empresas han sido afectadas por la clausura de sus establecimientos por parte de las municipalidades, bajo el argumento de no contar con licencia de funcionamiento para las actividades que realizan.
Ante esta situación, es importante revisar los posibles escenarios, consecuencias y si se incurre en el delito de desobediencia a la autoridad al reabrir un local que ha sido clausurado.
Para Romario Ramírez, asociado senior del área de Solución de conflictos de CMS Grau, es necesario analizar cada caso particular para establecer la responsabilidad por la comisión del delito de desobediencia a la autoridad. “No todas las órdenes impartidas por los funcionarios municipales son iguales”, precisa el experto de CMS Grau.
Además, agrega que el delito de desobediencia a la autoridad se configura ante la existencia de una orden, administrativa o judicial; el incumplimiento de dicho deber u obligación; y la posibilidad de haberla cumplido.
En el caso de las municipalidades, explica Ramírez, se trata de una orden administrativa, por lo que es necesario que sea impartida por un funcionario en ejercicio, porque de lo contrario la orden no sería legítima. Además, la orden debe contar con un mandato que exprese sin ambigüedades la clausura y la conminación a acatar la orden bajo pena de ser denunciado por este delito.
“Otro aspecto que debe considerarse es que la orden no puede ser dirigida contra la empresa, sino contra un sujeto identificado que sea capaz de cumplir una orden de esta naturaleza”, señala Romario Ramírez, asociado senior de Solución de conflictos de CMS Grau. “Una empresa no puede cometer el delito de desobediencia a la autoridad, por lo que, si la orden es dirigida contra el personal de seguridad que recibe a los funcionarios de la Municipalidad, será inválido y no habría delito al reabrir un local”, agrega.
El delito de desobediencia a la autoridad es de difícil comisión si ocurre como lo señalado líneas arriba; sin embargo, de ocurrir, puede ameritar una sanción de pena privativa de libertad entre tres a seis años.