Medida fue respaldada por 97 votos y modifica el Código Penal para permitir la deportación judicial inmediata.
En una contundente decisión legislativa, el Congreso de la República aprobó con 97 votos a favor, 6 en contra y 1 abstención la norma que permite la expulsión inmediata de ciudadanos extranjeros detenidos en flagrancia por la comisión de delitos. Esta medida modifica el Código Penal para facultar al juez a ordenar su deportación tras la detención en delito flagrante, sin necesidad de una sentencia condenatoria firme.
El dictamen fue impulsado con el argumento de proteger la seguridad ciudadana y responder al incremento de actos delictivos protagonizados por ciudadanos foráneos. Según el texto aprobado, el procedimiento será expeditivo y podrá aplicarse incluso durante la audiencia de control de identidad, si el juez así lo considera.
Sin embargo, la aprobación de esta ley ha generado diversas interrogantes en la ciudadanía: ¿Se hará cumplir realmente? ¿La Policía Nacional, el Ministerio Público y el Poder Judicial estarán alineados para ejecutar esta medida sin dilaciones? ¿Se garantizará el respeto al debido proceso y los derechos humanos?
Expertos en derecho penal y migratorio advierten que la implementación dependerá de la coordinación efectiva entre las entidades responsables y de los lineamientos reglamentarios que precise el Poder Ejecutivo.
Mientras tanto, sectores sociales expresan tanto respaldo como escepticismo. Algunos lo ven como un avance en la lucha contra la delincuencia; otros temen que se generen abusos o discriminación bajo esta nueva disposición legal.
Lo cierto es que, más allá de la norma, su efectividad dependerá de la voluntad política y operativa del Estado para aplicarla de manera justa, rápida y sin vulnerar los principios básicos del derecho.