Congresista propone que pagos por extorsión sean deducibles del impuesto a la renta

El proyecto plantea que las víctimas puedan descontar los “cupos” del IR mediante una declaración jurada notarial, bajo responsabilidad penal si se falsea información.


En medio de la crisis política, las protestas contra el Gobierno y el clamor por medidas efectivas frente a la inseguridad, el congresista Luis Gustavo Cordero Jon Tay, de Somos Perú (el mismo partido del presidente José Jerí), ha presentado una propuesta insólita: permitir que las víctimas de extorsión deduzcan esos pagos de su impuesto a la renta.

El proyecto plantea modificar el artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta para incluir como deducibles “las pérdidas extraordinarias originadas por delitos de extorsión cometidos en perjuicio del contribuyente”. Para acceder al beneficio, la víctima deberá presentar una declaración jurada con huella digital y firma legalizada notarialmente, acompañada de los medios probatorios que acrediten el delito.

Si se detecta que el contribuyente incluyó información falsa, la Sunat estaría obligada a denunciar penalmente al responsable ante el Ministerio Público. Además, la entidad podrá emitir las normas reglamentarias necesarias para implementar la ley.

Según la exposición de motivos, la propuesta busca que los contribuyentes puedan declarar “de manera efectiva y transparente las pérdidas reales” que sufren por extorsiones, evitando tributar sobre utilidades inexistentes. “El objetivo es reflejar la verdadera capacidad contributiva y reforzar los principios de equidad y justicia tributaria”, sostiene el documento.

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