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Colegios públicos y privados deben garantizar el acceso y permanencia de escolares con discapacidad

  • De acuerdo con la Ley 29973, la negativa de permitir el acceso o permanencia en los colegios públicos o privados por motivos de discapacidad constituye una infracción muy grave y podría estar sujeto a la aplicación de una multa de hasta 15 UIT.
  • Desde el 2021 a la fecha, el Conadis fiscalizó 102 instituciones educativas públicas y privadas a nivel nacional.

El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) recuerda las principales obligaciones de los colegios públicos y privados para promover una educación inclusiva y de calidad. En la reciente emisión del programa ‘Enlaces’, la institución señaló que, la negativa de permitir el acceso o permanencia en los colegios públicos o privados por motivos de discapacidad, constituye una infracción muy grave, sujeta a sanción.

Lenin Alipázaga Rodríguez, especialista legal de la Dirección de Fiscalización y Sanciones (DFS) del Conadis manifestó que, de acuerdo con la Ley General de la Persona con Discapacidad (Ley Nº 29973), dicha infracción está sujeta a sanción, la cual puede ser la imposición de una multa de hasta 15 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/ 74,250 contra quienes resulten responsables.

No obstante, el funcionario indicó que la institución siempre tiene presente su función preventiva. “Como Conadis, buscamos promover una cultura de inclusión. Por eso, nuestras fiscalizaciones, en principio, tienen una finalidad orientativa. Identificamos algunas debilidades en la gestión educativa y en base a eso recomendamos mejoras”, precisó.

Bibliotecas inaccesibles

Desde el 2021 a la fecha, el Conadis fiscalizó 102 instituciones educativas públicas y privadas a nivel nacional. En ese proceso, el personal de la DFS detectó más de una deficiencia, como la falta de accesibilidad en espacios físicos, en plataformas de comunicación; pero, sobre todo, la carencia de bibliotecas accesibles, pese a que la Ley Nº 29973, en su artículo 40, señala que dichos espacios deben contar con “instalaciones y materiales accesibles para la persona con discapacidad física, mental e intelectual, incluido el sistema braille y el libro hablado”.

Finalmente, el especialista señaló que, ante la vulneración de los derechos de las niñas y niños con discapacidad en colegios públicos y privados, los padres de familia pueden hacer la denuncia respectiva a través de los canales que brinda el Conadis, adjuntando los medios probatorios, como grabaciones, fotografías, solicitudes matrículas, de ajustes razonables o cualquier otra evidencia que permita determinar dicha infracción y evaluar una posterior sanción.

Canales de atención

Para consultas y/o denuncias, el Conadis pone a disposición de la ciudadanía los siguientes canales de atención:

  • Central telefónica: (01) 6305170
  • Línea gratuita: 0800 00 151
  • WhatsApp: 988 560 782
  • Red Alivia: 1866
  • Central telefónica: (01) 6305170
  • Correo electrónico: redalivia@conadisperu.gob.pe

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