ONP: más de 21 mil personas reciben pensiones por orfandad y ascendencia en el SNP

Estos beneficios brindan protección económica a los familiares de los asegurados fallecidos y garantizan continuidad en situaciones de vulnerabilidad.

La Oficina de Normalización Previsional (ONP), entidad adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas, informó que actualmente 19 758 personas reciben pensiones de orfandad y otras 2112 acceden a pensiones de ascendencia (padres) en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP). Estos beneficios forman parte de la protección económica que el sistema otorga a los familiares de los asegurados o pensionistas fallecidos.

Protección para los hijos

La pensión de orfandad está dirigida a los hijos menores de 18 años del asegurado o pensionista fallecido. Sin embargo, este derecho puede extenderse a mayores de edad en dos casos: cuando presentan una discapacidad que les impide trabajar —originada antes de alcanzar la mayoría de edad— o cuando realizan estudios de manera ininterrumpida, condición que debe acreditarse periódicamente.

Los requisitos varían si la persona fallecida era pensionista o afiliada al SNP. En términos generales, se debe presentar una solicitud con declaración jurada, documentos que acrediten el vínculo familiar y, de ser necesario, sustento de aportes.

En los casos de continuidad de estudios, se requiere la constancia de matrícula o certificados académicos; mientras que, para acreditar discapacidad, se necesita un certificado médico emitido por entidades de salud autorizadas, conforme a la normativa vigente.

Cuando no hay cónyuge ni hijos

En ausencia de cónyuge, conviviente o hijos, el sistema contempla la pensión de ascendencia, que beneficia a los padres del asegurado fallecido. Cada uno puede recibir hasta el 20 % de la pensión que el titular percibía o hubiera percibido.

Para acceder a este beneficio, el padre debe tener más de 60 años y la madre más de 55 años, o encontrarse en condición de discapacidad para el trabajo con un grado igual o superior al 50 %. Esta condición debe acreditarse mediante certificado médico emitido por EsSalud, el Ministerio de Salud o una Entidad Prestadora de Salud, conforme al Decreto Supremo N.° 166-2005-EF.

Además, ambos deben demostrar dependencia económica del asegurado o pensionista fallecido y no percibir ingresos superiores al monto de la pensión que les correspondería, lo cual se acredita mediante declaración jurada.

¿Cómo solicitar la pensión?

La ONP recordó que las solicitudes de pensión de orfandad, ascendencia o viudez pueden realizarse de manera virtual mediante videollamada a través de onpvirtual.pe, ingresando a la opción “Soy familiar” y seleccionando el tipo de trámite correspondiente. Este servicio está disponible de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.

Asimismo, el trámite también puede efectuarse de forma presencial en los centros de atención de la ONP. Para conocer la sede más cercana y sus horarios, los usuarios pueden ingresar a www.gob.pe/onp.

La entidad informó, además, que estos y otros temas de interés se abordan cada martes al mediodía en el programa ONP en Línea, en alianza con la Agencia Peruana de Noticias Andina. Dicho espacio puede ser visto a través de las cuentas oficiales de la Oficina de Normalización Previsional de Facebook y YouTube,

 

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