La cadena deberá retirar cláusulas abusivas y garantizar transparencia en promociones
La Comisión de Protección al Consumidor Nº 2 del Indecopi (CC2) resolvió que Saga Falabella S.A. incurrió en prácticas abusivas al imponer una cláusula que prohibía cambios y devoluciones en los productos adquiridos en sus outlets. La entidad ordenó a la empresa retirar de inmediato dicha disposición, por considerarla contraria a los derechos reconocidos en el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Medidas correctivas y sanciones
Además de eliminar la cláusula, Saga Falabella está obligada a retirar todos los avisos, letreros o comunicados que contengan esa restricción y abstenerse de volver a aplicarla en sus relaciones de consumo. También deberá garantizar que la información sobre sus promociones sea clara, accesible y veraz, informando de manera transparente qué locales o concesionarios participan en cada campaña.
La CC2 impuso dos amonestaciones a la empresa y le otorgó un plazo de 15 días hábiles para cumplir con las medidas correctivas. La resolución precisa que la compañía aún puede apelar la decisión ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi.
Denuncia de consumidores
El procedimiento se originó a raíz de una denuncia presentada por la Asociación Peruana Proconsumer (Appro), que cuestionó tanto la aplicación de la cláusula en los outlets como la difusión de información inexacta en una promoción. Durante la investigación, Saga Falabella se allanó parcialmente y comunicó que dejaría sin efecto la disposición cuestionada.
Fundamentos del Indecopi
En su análisis, la CC2 señaló que negar de manera absoluta los cambios o devoluciones desnaturaliza la finalidad del contrato de consumo y coloca al consumidor en una posición de desventaja. Asimismo, recordó que la información sobre promociones debe ser veraz y no inducir a error, ya que la transparencia constituye un principio esencial de la protección al consumidor.
Con esta resolución, el Indecopi refuerza el mensaje de que ninguna empresa puede limitar ilegítimamente los derechos básicos de los clientes, incluso cuando se trate de ventas en outlets o promociones especiales.