Fracasados allanamientos e incautaciones

Por Antero Flores-Araoz

Días atrás el Tribunal Constitucional declaró fundada en parte la acción de inconstitucionalidad promovida por la Presidencia de la República contra el Poder Judicial y el Ministerio Público en relación con investigaciones penales de este último avaladas por el primero contra quien  está ejerciendo la Presidencia de la Nación, por supuestos o pretendidos delitos  diferentes de los gravísimos que si pueden ser procesados según el artículo 117 de la Constitución -previa autorización congresal- dictando las correspondientes pautas interpretativas.

Como un cerrojo parecería que reaccionaron el Ministerio Público y el Poder Judicial, pues casi de inmediato la Fiscalía solicitó al juez de la materia se le autorizara a allanar la vivienda domiciliaria del doctor Nicanor Boluarte, hermano mayor de la presidenta de la República. Como ya no se podía por determinación del Tribunal Constitucional, allanar la vivienda de la presidenta Boluarte, se la desquitaron con la del hermano, como daría la impresión.

En buena cuenta el allanamiento de domicilio ordenado judicialmente a instancias del Ministerio Público, es la excepción de reglas constitucionales que garantizan y cautelan la dignidad personal, la integridad moral, el bienestar, la paz y la intimidad personal y familiar entre otros derechos. Si el allanamiento domiciliario fuese sin autorización judicial, constituiría delito de violación de domicilio, salvo por supuesto en perpetración en flagrancia de delito.

El allanamiento al domicilio de Nicanor Boluarte, no es el primero sino el tercero y pretender que en este último allanamiento se encuentren pruebas de perpetración de delito por el allanado, es bastante inocente, para no usar términos que pudiesen incordiar a señores fiscales y jueces.

No creo que nadie en su sano juicio pretendería obtener pruebas imputatorias de delitos, después que han existido dos previos allanamientos, en que cualquier persona común y corriente ya habría desaparecido cualquier indicio de delito.

Decimos que cualquier persona común y corriente, pues para tener algo pequeñísimo siquiera de malicia para desaparecer prueba adversa, no hay que ser un genio, premio nobel, ni tener la calificación de summa cum laude. Además, sin conocer al Doctor Boluarte, asumimos que por su edad es un letrado de experiencia y con recursos abogadiles apropiados para su causa.  No se trata de ningún novato.

En este plan casi de símil de la “Guerra de los Roses” no termina en  lo dicho, sino que aparece doña Dina con su Presidente del Consejo de Ministros y todos sus ministros rodeándola, protestando por el allanamiento del “hermanísimo” y, en esta ocasión y con toda la razón, pues además de ser agraviante es lo más soso y sin sentido que he visto y que nos hace recordar épocas pretéritas en que a las personas que querían aparentar conocimiento, astucia y sagacidad, aunque no las tuvieran, en los recreos colegiales les cantaban: “bobo, calzón con bobo” ¡Qué nadie se altere, simple remembranza”.

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