El Consejo de Ética del CAL los sanciona por seis meses sin poder ejercer como abogados, tras acusaciones de abuso de funciones, nombramientos ilegales y creación de oficinas fuera del estatuto.
Terremoto institucional en el Colegio de Abogados de Lima (CAL): el Consejo de Ética ha ordenado la suspensión inmediata de la colegiatura y funciones del decano Raúl Canelo Rabanal y toda su directiva, acusados de excederse flagrantemente en sus competencias. La medida, que durará seis meses, implica que no podrán ejercer la abogacía durante ese periodo.
La denuncia fue presentada por Ana Vargas Albines, presidenta de la Junta de Vigilancia del CAL, y detonó una decisión inédita en el gremio legal más importante del país. Las faltas cometidas por Canelo y su equipo incluyen la creación irregular de una “Oficina de Control Interno”, pese a que no tenían competencia estatutaria para ello y ya existía una instancia con las mismas funciones, liderada por Vargas.
Además, removieron al director de Bienestar Social, Víctor Alca Dulanto, invocando un “retiro de confianza”, una figura que no está contemplada en los estatutos. Y por si fuera poco, designaron arbitrariamente a María Vera Tudela como accesitaria del Consejo, sin haber sido elegida por la asamblea general.
La sanción alcanza a toda la cúpula del CAL:
- Mónica Terry Gamarra (vicedecana)
- Santiago Portocarrero Calizaya (Economía)
- Minerva Córdova Cerna (Académica)
- Emilia Vicuña Cano (Comisiones)
- Mary Claudia Alvarado Cabanillas (Defensa Gremial)
- Eliana Gonzáles Palomino (Comunicaciones)
- Segundo Sergio Vásquez Coronado (Derechos Humanos)
- Teófilo Noa Apari (Biblioteca)
Esta decisión marca un precedente histórico en la lucha por la legalidad interna del gremio, y lanza un mensaje claro: nadie está por encima de los estatutos ni de los órganos de control.
El escándalo estalla en un momento de profunda crisis institucional en el CAL, donde sectores colegiados venían advirtiendo sobre la concentración de poder y decisiones autoritarias en la actual directiva. La suspensión no solo los deja sin funciones gremiales, sino también sin capacidad de ejercicio profesional ante los tribunales y entidades del Estado.