Apenas más de mil afiliados a una AFP accedierona una pensión por enfermedad en 2024

El desconocimiento podría ser un limitante para que más personas accedan a este beneficio clave del sistema de pensiones.

A pesar de su importancia, en el 2024 sólo 1,045 afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en el Perú accedieron a una pensión por enfermedad, a través de este seguro previsional. Esto puede deberse, entre otros factores, al desconocimiento, lo que limita su uso.

En un país donde 9.8 millones personas están afiliadas activamente a una AFP, según la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), que tan pocas personas opten por una Renta Vitalicia mostraría que hay un gran desconocimiento sobre esta o que muchos aún no saben cómo acceder a esta alternativa, un mecanismo diseñado para garantizar una pensión de por vida a quienes no pueden trabajar debido a una enfermedad.

“Los afiliados a una AFP mensualmente aportan a su fondo y también pagan un seguro previsional obligatorio. Este último los protege frente a invalidez, fallecimiento y gastos de sepelio. Si al afiliado le ocurre alguno de esos casos, tiene la opción de contratar una Renta Vitalicia, transfiriendo así su fondo acumulado a una aseguradora, que se encargará de pagar la pensión mensual de por vida al afiliado o beneficiarios”, explica Dante San Román, gerente de Canales de Asesoría Personal de Pacífico Seguros.

Asimismo, nos recuerda que existen  tipos de rentas vitalicias:

  • Jubilación: Se activa a los 65 años (o 55 en caso de jubilación anticipada por desempleo), garantizando una pensión de por vida para el afiliado y sus beneficiarios.
  • Invalidez: Se aplica cuando una enfermedad le impide trabajar, otorgando una pensión vitalicia para el afiliado y su familia.
  • Sobrevivencia: En caso de fallecimiento, la familia del afiliado recibe una pensión mensual y acceso a EsSalud.

¿Cómo se activa una renta vitalicia por invalidez?

  1. Solicitud y evaluación: El afiliado debe solicitar a su AFP una evaluación de su historial de aportes y el monto de su fondo, presentando la documentación requerida.
  2. Evaluación médica: Un comité médico evalúa su estado de salud.
  3. Selección de modalidad: Una vez aprobada la invalidez por el Comité Médico, se le orienta sobre las opciones de renta vitalicia más adecuadas.
  4. Transferencia de fondos: El fondo se transfiere a la aseguradora elegida, que asume la responsabilidad del pago mensual de la pensión.

Asimismo, todo trabajador debería revisar periódicamente los aportes realizados a la AFP por sus empleadores, o por nosotros mismos si somos emprendedores, para conocer la rentabilidad de nuestro fondo, buscar asesoramiento para gestionar el crecimiento de nuestro fondo y garantizar que logremos alcanzar un monto que pueda ser nuestro sustento cuando lo necesitemos. Mantener nuestros aportes al día garantiza una pensión estable y un respaldo económico para el futuro propio y de nuestra familia.

“Muchas personas desconocen que, si han aportado a una AFP, también tienen la opción de acceder a una renta vitalicia ante una invalidez o fallecimiento, y no sólo en caso de jubilación. Por esta falta de información pueden perder beneficios claves al no tramitarlos a tiempo. Es importante que las personas accedan a la orientación necesaria y tengan el acompañamiento debido para tomar decisiones informadas, y aseguren su estabilidad financiera”, finaliza.

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