Fiscalía argumentó que el peligro de fuga del expresidente aumentó.
El juez de investigación preparatoria Ubaldo Callo anuló todas las restricciones impuestas al expresidente, Martín Vizcarra en el marco del juicio oral que se le sigue por el caso Lomas de Ilo-Hospital de Moquegua.
La decisión del magistrado se basó en la aplicación de la Ley 32130, que establece plazos fijos e improrrogables para las medidas de comparación con restricciones. La medida, vigente desde marzo de 2021, quedó sin efecto debido a que el plazo de 36 meses máximo contemplado para casos complejos ya había sido superado.
Durante la audiencia, la defensa del exmandatario argumentó que la norma del Congreso no solo es inconstitucional, sino que llenó un vacío legal al fijar un límite temporal para las restricciones.
La Fiscalía solicitó que se inaplicara la ley mediante control difuso, alegando que el peligro de fuga de Vizcarra habría aumentado porque el proceso ya está en juicio oral.
Pese a ese argumento, el juez Callo desestimó este pedido, señalando que “pretender inaplicar la modificatoria al caso concreto, basada en la gravedad de los hechos imputados, significaría hacer una aplicación desigual de la ley penal”.