● En caso el trabajador esté afiliado a Essalud, la empresa deberá depositar 9% adicional a la gratificación correspondiente al monto de la bonificación extraordinaria, y en caso de la EPS, el monto adicional es de 6,75%.
● Las multas por no cumplir con el pago de la gratificación van hasta los S/ 129.294.
En la víspera de la fiesta navideña del 2023, las empresas tienen plazo hasta el 15 de diciembre para cumplir con el pago de este beneficio. En ese sentido, Patricia Kcomt, líder del área Laboral del estudio Miguel Mur & Abogados, detalla que la gratificación es un beneficio legal que se otorga a todos los trabajadores formales con contratos temporales o indefinidos, y que se debe pagar dos veces al año: en julio por Fiestas Patrias y en diciembre por Navidad.
“Todas las empresas deben cumplir con depositar la gratificación a sus trabajadores. El monto por depositar dependerá del régimen laboral aplicable a cada empresa”, detalla Kcomt.
En esa línea, la abogada del estudio Miguel Mur & Abogados precisa que los trabajadores que pertenecen a empresas pertenecientes al régimen general deberán percibir un monto equivalente a un sueldo.
Quienes laboran en pequeñas empresas, deben percibir una suma equivalente al 50% de su remuneración mensual.
TRIBUTOS Y GRATIFICACIÓN
De acuerdo con la legislación peruana, la gratificación se encuentra inafecta a aportes y contribuciones con excepción del Impuesto a la Renta de quinta categoría.
“El empleador no deberá hacer un pago adicional por Essalud respecto del monto que pague por gratificación. No obstante, el monto que no se va a pagar a Essalud, deberá depositarlo al trabajador como una bonificación extraordinaria. Esta última representa al 9% de la gratificación si es que el trabajador no se encuentra afiliado a alguna de las Entidades Prestadoras de Salud (EPS). En caso sí cuente con EPS, la bonificación será de 6,75%”, detalla la abogada del estudio Miguel Mur & Abogados.
Asimismo, Kcomt subraya que la gratificación tampoco va a estar afecta a descuentos por AFP, ONP ni otros tipos de descuentos relacionados a aportes y contribuciones.
MULTAS
De no cumplir con el pago íntegro y oportuno de las gratificaciones, Sunafil podrá aplicar multas contra las empresas. El valor de estas dependerá del régimen de las empresas y en función al número de trabajadores afectados.
Para pequeñas empresas, las multas oscilan entre 0,45 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que equivalen a S/2.227,50 hasta un máximo de 4,50 UIT (S/ 22.275). En el caso de las medianas o grandes empresas, Sunafil podría aplicar multas que oscilan entre 1,57 UIT, que equivalen a S/7.771,50, hasta las 26,12 UIT (S/ 129.294)”, subraya Kcomt.