Docentes tendrán cinco años para obtener maestría tras nombramiento extraordinario

Nueva ley promulgada por el Gobierno flexibiliza requisito académico para docentes de institutos y escuelas públicas de educación superior.

El Gobierno promulgó la Ley N.° 32584, que modifica las condiciones para el nombramiento extraordinario de docentes contratados en institutos y escuelas públicas de educación superior tecnológicos, artísticos, pedagógicos, de música y folklore.

La nueva norma establece que los docentes ya no necesitarán contar obligatoriamente con el grado de maestro antes de ser nombrados, sino que tendrán un plazo máximo de cinco años para obtener la maestría desde la fecha de su nombramiento.

Según la ley, si el docente no acredita el grado de maestro dentro del plazo establecido, ello constituirá causal de término de la relación laboral. La medida busca facilitar el ingreso de profesionales contratados a la carrera pública docente mientras continúan su formación académica.

La disposición alcanza a docentes contratados de institutos tecnológicos, artísticos, de folklore, música y pedagógicos públicos. Además, reconoce de manera integral el tiempo de servicios prestados como contratados para efectos de recategorización, asignaciones por años de servicio y cálculo de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

La implementación de la recategorización será gradual y dependerá de la disponibilidad presupuestal y de plazas vacantes, de acuerdo con el cronograma que establezca el Ministerio de Educación.

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